La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió la Licencia General (LG) 61 de Venezuela, que autoriza el suministro de ciertos artículos y servicios relacionados con las telecomunicaciones a Venezuela.
La licencia autoriza explícitamente transacciones con el Gobierno de Venezuela, incluyendo a la estatal Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv) y a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), y permite la adquisición de bienes, tecnología, software, suministros, repuestos y servicios para la instalación, mantenimiento, reparación, actualización y soporte de sistemas de telecomunicaciones.
Según la nota emitida por la OFAC, se especifica que las compras y contrataciones solo pueden realizarse en Estados Unidos o con empresas o ciudadanos estadounidenses, y los contratos deben interpretarse bajo las leyes de una jurisdicción de Estados Unidos, y las disputas deben resolverse en Estados Unidos, Reino Unido, Francia o Singapur.
La definición y alcance de las telecomunicaciones es amplia e incluye datos, telefonía, internet, radio, televisión, y transmisiones por satélite o cables submarinos. También prohíbe transacciones con entidades vinculadas a países como Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China. Asimismo, quienes exporten bajo esta licencia deben presentar informes detallados a las autoridades de Estados Unidos.
Lejos de ser un hecho puntual, la LG61 es parte de una ola de flexibilización de sanciones mediante licencias bajo estricto control de Washington. Bajo este sistema, cualquier empresa, especialmente las estadounidenses, que quiera operar en Venezuela debe hacerlo bajo los términos y condiciones que dicta la OFAC en cada licencia.
Por ejemplo, en el sector petrolero y gasístico, se han emitido numerosas autorizaciones que permiten desde la compra de petróleo y diluyentes hasta la prestación de servicios para exploración y producción, con beneficiarios tasados, principalmente empresas de Estados Unidos. En el sector minero (especialmente el oro), la Licencia General 51, por ejemplo, permite transacciones con la minera estatal Minerven, aunque con restricciones similares a las de telecomunicaciones (prohibición de operar con entidades de países como Rusia o Cuba).
En el sector financiero se han emitido licencias que autorizan transacciones con ciertos bancos venezolanos y con el propio Banco Central de Venezuela (BCV). La Licencia General 57 es un claro ejemplo de esta política de tutelaje, ya que libera el bloqueo de las transacciones financieras únicamente entre entidades seleccionadas de Venezuela y el Tesoro de Estados Unidos. Otras licencias permiten incluso asesorar al gobierno y a PDVSA en la reestructuración de su deuda.
Este sistema de «licencias» se ha convertido en el mecanismo de control y tutelaje del Estado de Venezuela, donde el gobierno es un mero administrador de fincas de las normas y directrices que se emiten desde Washington.
Fuente: OFAC