Ni se han paralizado los desahucios ni legalizado la okupación: el decreto del gobierno es humo

A pesar de los grandilocuentes titulares y lo rimbobante de su descripción, los decretos del gobierno del PSOE y Podemos no han suspendido los desahucios, ya que sólo se han suspendido en contados supuestos, que además quedarán a valoración del cuerpo de jueces y fiscales.

El decreto no lo conocen ni los jueces

El Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en vigor desde el 2 de abril de 2020, introduce, en materia de desahucios, la suspensión del procedimiento de desahucio y los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.

Esta norma, en vigor desde marzo del año pasado, ha sido modificada hasta en cuatro ocasiones, introduciendo algunos supuestos que no estaban contemplados cuando se publicó.

La base de toda esta regulación es que la familia que quiera evitar el desahucio por pocos meses, tiene que acreditar su condición de pobreza mediante la entrega de una serie de documentos, que deberán ser valorados por los servicios sociales, para luego ser nuevamente valorados por el juez de turno, es decir, un triple filtro que no es nada fácil de superar.

Lo que se ha vendido como una «suspensión automática» no es tal, e introduce una hipotética suspensión del desahucio de corta duración mediante un trámite agravado y complejo, que ni siquiera los abogados del turno de oficio conocen.

Trámites imposibles

En la última reforma del decreto de marzo de 2020, publicado el 19 de enero de este año, se incluye como supuesto de acceso a esta moratoria a aquellas personas cuyo desahucio se haya ordenado tras un juicio penal, normalmente por un delito leve de usurpación.

Para acceder a esta moratoria se exige a las familias afectadas la aportación de una serie de documentos que no son fáciles de obtener, y menos en las actuales circunstancias, donde todas las administraciones exigen una cita previa que en la mayoría de los casos se encuentra suspendida.

El gobierno podría haber optado por un trámite habitual en el pago de impuestos o solicitud de subvenciones, que consiste en autorizar a la Administración a consultar los datos económicos de los solicitantes, pero no ha sido así. En este caso se ha continuado con el modelo implantado por Mariano Rajoy de imponer a las familias la carga administrativa.

Los servicios sociales, segundo filtro

Una vez superado este filtro, cuya gestión puede conllevar una media de 20 días naturales en total, toca el filtro de los servicios sociales, que deberán valorar la situación y, sobre todo, deberán comprobar los documentos que han sido reunidos. Si falta algún documento y la fecha de desahucio es próxima, el acceso a la moratoria será rechazado sin más trámite.

Pero una vez emitido informe por los servicios sociales, la última palabra la tienen los juzgados, que deberá valorar si la situación económica de la familia es consecuencia de haber pasado a una situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o haber reducido su jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, y que hayan transcurrido durante el Estado de Alarma.

Tercer filtro: los juzgados

Esto quiere decir, que las situaciones preexistentes o de personas que vivan de la economía informal ni siquiera están contemplados, y va a ser el órgano judicial quien tendrá la última palabra para decidir si las circunstancias familiares se deben a la situación creada por el Estado de Alarma.

Es decir, que ni se han suspendido los desahucios ni la okupación de viviendas. Es literalmente falso tanto una cosa como la otra, y el llamado «escudo social» del gobierno del PSOE y de Podemos es más bien un «escudo del capital», ya que para colmo, en el caso de los grandes tenedores de vivienda, se contemplan compensaciones económicas que pueden llegar a ser superiores a las pérdidas que tenían previstas, y más en el caso de las okupaciones de viviendas que pertenecen a su stock de vivienda vacía y que no tenían prevista su salida al mercado.

comentarios

  1. El escudo social ante la voracidad y devastación capitalista es como un paraguas ante un tsunami. Es la «protección» máxima que un gobierno «el más progresista de la historia» puede dar dentro de un estado capitalista y de un sistema capitalista. Migajas, caridad, limosnas,…

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