La Ley de Montes permite el cambio de uso de terrenos forestales quemados ‘cuando hay razones de interés público’

Fue durante la mayoría absoluta del gobierno del Partido Popular, en la que se aprobó la Ley 21/2015 que reformaba la vigente Ley de Montes, la que añadió una ambigua excepción a la prohibición de los cambios de uso forestal por 30 años: cuando hubiera “razones de interés público”.

Según el redactado de la norma, se estableció también que «con carácter excepcional las comunidades autónomas podrán acordar el cambio de uso forestal cuando concurran razones imperiosas de interés público de primer orden que deberán ser apreciadas mediante ley, siempre que se adopten las medidas compensatorias necesarias que permitan recuperar una superficie forestal equivalente a la quemada. Tales medidas compensatorias deberán identificarse con anterioridad al cambio de uso en la propia ley junto con la procedencia del cambio de uso.»

«En el caso de que esas razones imperiosas de primer orden correspondan a un interés general de la Nación, será la ley estatal la que determine la necesidad del cambio de uso forestal, en los supuestos y con las condiciones indicadas en el párrafo anterior

En 2021, el grupo parlamentario de Unidas Podemos, a través de su portavoz en la materia Juantxo López de Uralde hizo una propuesta para derogar esta reforma que no ha tenido trámite alguno. Uralde, en la presentación de esta iniciativa en septiembre de 2021 deslizó la expresa posibilidad de que pudiera existir interés económico en los incendios forestales de determinadas zonas. «Las causas son diversas, pero sin lugar a dudas no hay que minimizar las opciones para quien vea en el incendio forestal una posibilidad de negocio», llegó a admitir Uralde.

Las llamadas «causas de interés público» siempre han sido un cajón de sastre donde se ha justificado prácticamente todo, y era lo que las organizaciones ecologistas denunciaban en aquel momento, previniendo lo que vendría después: el cambio de uso del suelo quemado.

Cuando pasen unos meses habrá que comprobar cuáles son esas causas: ¿crisis energética?, ¿un fondo de inversión interesado en zonas previamente quemadas?.

Aunque algunos incendios están provocados por las altas temperaturas, muchos han sido incendios intencionados, tal y como han reconocido las autoridades. Por ejemplo, se cree que los fuegos de Jerte (Extremadura), de Mijas (Málaga) y de Cebreros (Ávila) han sido intencionados. Los agentes forestales también sospechan de que varios incendios de Cataluña han sido provocados y descartan que hayan sido por causas naturales.

También el incendio de esta semana de Tenerife, que se originó el jueves pasado, como dos de los tres que afectan a la comunidad de Castilla y León, habrían sido intencionados. Así lo han verbalizado desde las administraciones autonómicas donde, por cierto, rara vez se investiga la intencionalidad económica que pudiera haber tras ellos.

Fuente: Boletín Oficial del Estado

comentario

  1. solamente hay que mirar al país vecino Francia , en los montes quemados se prohíbe edificar durante 30 años, se prohíbe utilizar la madera quemada para muebles o lo que sea ya que no hace falta utilizar hornos para el secado, y se prohíbe la pastura de animales( a veces los pastores queman el rastrojo para que nazcan nuevas hiervas).Un caso espeluznante y terrible, se repite en Sierra Espadà,de Onda (Castellón.)Bien situada con una miranda espectacular (Seguro que el Cambio Climático no interviene, a no ser que los mercenarios del mechero , sean parte del C.C.limàtico)

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