45 condenas por enaltecer al ‘terrorismo’ en las redes sociales desde 2012

Cassandra Vera, César Strawberry o Guillermo Zapata son sólo algunos de los 45 nombres que en los últimos cinco años han sido condenados por la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo por enaltecer el terrorismo o humillar a las víctimas en Twitter o Facebook. Estos dos organismos han dictado en total 55 sentencias que se han salidado, por el momento, con 45 condenas y 3 absoluciones.

El balance de la Audiencia Nacional desde 2012, y con varios juicios recién celebrados y a la espera de sentencia, deja 48 sentencias: 44 de ellas fueron condenatorias y otras 4 fueron absoluciones. Otro dato que dejan las bases de datos del Poder Judicial es que 27 de estas condenas (más del 60 por ciento) fueron alcanzadas por conformidad tras llegar a un pacto con la Fiscalía: el Ministerio Público aceptó rebajar su petición definitiva de cárcel a cambio de que el encausado reconociese los hechos.

La última de estas absoluciones fue dictada hace apenas unas semanas: Arkaitx Terrón se sentaba en el banquillo por mensajes como, por ejemplo, “Juan Carlos Primero, más alto que Carrero”. La Fiscalía pedía para él dos años de prisión y la sala decidió absolverle, asegurando que este delito “plantea graves problemas para su delimitación con la libertad de expresión y la libertad ideológica”.

Lo que los jueces de la sección primera definen como “graves problemas” se traducen en sentencias muy dispares sobre asuntos similares y también en votos particulares por parte de jueces discrepantes. En esta misma sentencia, por ejemplo, el juez Fernando Grande-Marlaska emitía uno de estos votos particulares, asegurando que los tuits relativos, por ejemplo, a miembros de ETA, destacan “la voluntad de ensalzar acciones de carácter terrorista y revestirlas de legitimidad como instrumento político”.

Son precisamente los votos particulares los que en ocasiones reflejan la profunda división de opiniones que existe entre magistrados y magistradas a la hora de trazar la línea roja y saber si, por ejemplo, un tweet debe incitar al delito para ser punible o dónde empieza la humillación de una víctima del terrorismo. El pasado mes de noviembre, la sección primera condenó a un año de prisión a un hombre por decir textualmente en Facebook que “¡Ojalá vuelvan los GRAPO y os pongan de rodillas!” o colgar fotos del anagrama de ETA. Uno de los jueces, Ramón Sáez Valcárcel, entendió que debería ser absuelto: cuando se celebró el juicio los mensajes habían sido publicados hace cuatro años, no tuvieron gran difusión (“El acusado habita en una pequeña localidad de Toledo y puede haber operado en un inmenso silencio dentro de la red”) y además destaca la “inexistencia de un contexto de violencia” con la banda terrorista GRAPO, inexistente en la actualidad.

Una segunda absolución fue dictada por la Audiencia Nacional en noviembre del año pasado por la misma sala: mensajes sobre miembros de ETA y a favor de la amnistía que merecieron una absolución. Los jueces explicaban entonces que “no hay constancia de que la conducta del acusado haya sido realizada para la motivación de otras conductas ajenas en orden a la perpetración de actos de carácter terrorista”. Es decir, muchas veces el debate se centra en determinar si los mensajes pueden incitar al terrorismo.

Esta sentencia se encuentra pediente de recurso ante el Tribunal Supremo. Quien no tendrá que acudir a instancias superiores será el concejal del distrito madrileño de Villaverde, Guillermo Zapata: su caso por los tweets sobre Irene Villa quedó definitivamente archivado después de ser absuelto por la Audiencia Nacional y de que la Fiscalía, en este caso y sólo en este caso, retirase la acusación y pidiese su absolución en el juicio.

La sentencia que absolvió a Guillermo Zapata tuvo un recorrido muy distinto a la de César Strawberry, pero las dos tuvieron algo en común: destacaban el contexto y, en el caso del cantante de Def con Dos, incluso declaraban como hecho probado que nunca había tenido intención de ofender a las víctimas del terrorismo etarra con mensajes como “A Ortega Lara habría que secuestrarle ahora”. Fue el Tribunal Supremo el que decidió revocar su absolución y condenarle a un año de prisión, alegando que sus tweets llegaron a las víctimas “en su integridad, sin matices aclaratorios” y asegurando que “legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales”.

La gran cantidad de sentencias alcanzadas por conformidad en la Audiencia Nacional que no se recurren limitan el número de veces en que el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre este asunto. Ha dictado por el momento siete sentencias que se dividen en tres confirmaciones de condena, otras tres rebajas sin llegar a absolver y una condena, la de César Strawberry, revocando una absolución.

http://cadenaser.com/ser/2017/04/04/tribunales/1491329641_360164.html

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies

Descubre más desde mpr21

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo