Marchena ordena una investigación ilegal para contrarrestar las denuncias de corrupción contra Llarena y Magro-Servet

Las revelaciones realizadas por una asociación anticorrupción de Talavera de la Reina, en la que publican los números de cuenta y depósitos millonarios en el extranjero de los dos jueces del Tribunal Supremo, ya tienen su principal consecuencia: la investigación al denunciante.

Las publicaciones, que han circulado masiva pero veladamente en multitud de grupos de WhatsApp de jueces y fiscales de toda España, reflejan el saldo contable de dos cuentas, una en Liechtenstein, a nombre de Pablo Llarena y con ingresos por valor de 2 millones de euros, y otra en Luxemburgo, a nombre de Vicente Magro Servet, con 750.000 euros, capitales que lógicamente no aparecen debidamente justificados.

Se trata de una información recibida en el buzón de la Asociación Contra la Corrupción y Defensa de la Acción Pública.

Lo cierto es que la difusión de estas informaciones ha corrido como la pólvora, y en consecuencia, el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, ha solicitado al Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes y a la Fiscalía, a que inicien una investigación no respecto a los hechos denunciados, sino contra la asociación y la figura de su presidente, Fernando Presencia, juez que fue apartado de la carrera judicial mediante un proceso plagado de irregularidades.

No obstante, y lo más grave, es que la investigación que con toda probabilidad va a iniciar la fiscalía a instancias del presidente del CGPJ, está prohibida en la Unión Europea.

En España, a pesar de recogerse en la legislación la obligación genérica de la denuncia de hechos delictivos, no existe regulación legal alguna de alcance nacional que ampare y ofrezca una protección adecuada a cualquier persona que se atreva a poner en conocimiento público delitos de relevancia, es decir, que habiendo tenido conocimiento de un caso de corrupción o de fraude, decidan denunciarlo.

El 26 de noviembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado la Directiva relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del derecho de la unión, que afecta no sólo al sector privado, sino también al sector público.

Dicha Directiva, que debió ser incorporada a la legislación española como máximo en diciembre del año pasado, sin embargo está todavía en trámite, y por ahora no se esperan grandes avances en esta materia; aunque eso no impide que la protección comunitaria sea invocada en caso de que el Estado Español no haya incorporado la norma a tiempo.

El art. 19 de dicha directiva es el que prohibe expresamente cualquier clase de represalia a quien denuncie o ponga en conocimiento público hechos que reflejen apariencia de vulneración del derecho de la Unión, y por represalia debemos entender acciones penales en materia de injurias o investigaciones prospectivas respecto a los denunciantes, que es exactamente lo que Marchena pide en su escrito.

comentarios

  1. El Presidente actual del CGPJ es CARLOS LESMES SERRANO
    PABLO LLARENA es Presidente de la sección 2º del TS

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