Las imposición de mascarillas y la restricción de movimientos durante la pandemia violan los derechos fundamentales, dictaminó el Tribunal Constitucional de Bosnia Herzegovina el 22 de diciembre.
Constituyen “una injerencia en los derechos humanos y las libertades fundamentales garantizados por la Constitución de Bosnia y Herzegovina y el Convenio Europeo de Derechos Humanos” (*).
Las restriciones fueron aprobadas por un equipo restringido del Ministerio de Sanidad, sin que las más altas autoridades legislativas y ejecutivas participaran activamente en ellas.
Las mismas suponen “una violación del derecho a la intimidad y a la libertad de circulación” al obligar al porte de mascarllas y restringir el derecho de circulación de las personas, dice la sentencia.
Las mascarillas y la restricción de movimientos se introdujeron el 10 de noviembre y los abogados de Sarajevo, encabezados por Nina Kisic, presentaron un recurso de apelación ante el Tribunal Constitucional, pidiéndole que las anulara.
La abogada Kisic ha afirmado ante la televisión pública que la decisión es una tendencia positiva que existe en el resto de Europa, ya que las mismas decisiones fueron emitidas por los tribunales de Estrasburgo, Berlín y Praga.
El Tribunal ha rechazado la parte de la apelación relativa a la solicitud de revocación de las medidas restrictivas, por lo que las medidas permanecerán en vigor hasta que las autoridades ejecutivas y legislativas las revoquen, para lo cual el Tribunal Constitucional les ha concedido un plazo de 30 días.
El Tribunal también indica a los órganos competentes del Estado, en particular a los órganos legislativos, que deben mantener bajo control a los órganos que imponen medidas restrictivas. No basta con imponer medidas simplemente para proteger la salud pública. A quien hay que proteger es a la población.
Cualquiera que haya sido multado puede solicitar a un tribunal civil el reembolso del dinero y lo mismo quienes hayan sido detenidos o sometidos a un proceso penal.
(*) http://www.ustavnisud.ba/dokumenti/_bs/AP-3683-20-1262390.pdf via mondialisation.ca
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