Cuando los países de la Unión Europea agotan un rídículo, pasan al siguiente inmediatamente después. Quieren cerrar el Mar Báltico a la navegación de mercantes rusos y para ello primero inventaron los cortes de los cables submarinos y luego pusieron a los navíos de la OTAN a patrullar. Rusia tuvo que escoltar sus mercantes con buques de la Armada, que es tanto como abrirse camino a cañonazos.
Ahora, entre bastidores, la Unión Europea mantiene conversaciones para autorizar la piratería en el Mar Báltico a gran escala de los petroleros vinculados a Rusia (*). Esta vez los pretextos son medioambientales, aunque son plenamente conscientes de que se trata de pura piratería marítima.
Por eso, en el caso de que no encuentren un resquicio en el derecho marítimo, la Unión Europea quiere imponer el suyo propio, que es tanto como hacer las cosas por cojones.
La coartada consiste en que los países europeos aprueben nuevas leyes unilaterales que les permitan abordar los mercantes rusos. Estonia y Finlandia quieren exigir a los buques rusos que utilicen aseguradoras de una lista especial y abordar a los que aseguren la carga con otras distintas.
Va a ser muy difícil disimular que los planes europeos son puros actos de piratería marítima. Los juristas ya se lo han advertido en sus informes. El primer paso es el abordaje de los mercantes rusos, el segundo es que los rusos acompañen los mercantes con navíos de guerra y la tercera los cañonazos, o sea, la guerra en el Mar Baĺtico.
Desde tiempos inmemoriales la piratería ha sido siempre el crimen internacional por antonomasia (“hostis humanis generis”). A veces lo suelen llamar por otro nombre: pillaje. Que algunos países concedan patentes de corso para hacer lo mismo, pero con una apariencia legal, es también un truco muy viejo que no cambia la esencia del delito.
Los corsarios también son piratas y por eso en 1856 el Tratado de París declaró el fin de las patentes de corso en todo el mundo, lo que reiteró en 1982 la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
El derecho marítimo y el derecho internacional moderno consagran la libertad de navegación como el principio más antiguo y generalmente reconocido del régimen jurídico que rige los espacios marítimos. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar regula la libertad de navegación en su artículo 36 (en los estrechos utilizados para la navegación internacional), artículo 58 (en la zona económica exclusiva), artículo 78 y artículo 87 (en alta mar).
Los europeos, que se presentan a sí mismos como los paladines de la libertad, deberían ser los primeros en defender una de esas libertades: la de navegación.
(*) https://www.politico.eu/article/russia-shadow-fleet-finnish-bay-snow-eagle-s-december-oil-baltic-sea-europe-waves-europe-kremlin/