Hecha la ley, hecha la trampa

El 30 de noviembre de 2013, el adalid reaccionario Carlos Alberto Montaner, acusado de terrorista y miembro de la CIA por el Gobierno de Cuba, pero galardonado en España con el Premio a la Tolerancia 2007 otorgado por la Comunidad de Madrid, y con el Premio Juan de Mariana en defensa de la libertad 2010, daba una conferencia en la Sociedad Interamericana de Prensa de Miami con el nombre de “Psicopatología de los censores” en la cual arremetía, como es su costumbre y oficio contra los gobernantes “narcisistas autoritarios” de Cuba, Nicaragua, Venezuela, República Popular de Corea y China (1).

En el resto del “mundo libre”, según Montaner, no hay problema de censura.

Como si fuera un boomerang, el discurso aludido encaja perfectamente con el comportamiento de las élites mundiales económicas, políticas y científicas, así como los gobernantes a su servicio en el discurso pandémico y vacunofilio impuesto desde marzo de 2020.

Se pregunta Montaner “¿por qué estos gobernantes dedican enormes recursos a la innoble tarea de edificar sociedades corales que repitan mecánicamente el discurso oficial, y con el objeto de lograr esa extraña conducta de los asustados ciudadanos, convertidos en súbditos obedientes, están dispuestos a crear estados policíacos dedicados a vigilar y confirmar que todos suscriban las mismas ideas y a castigar a los que se desvíen del guión obligatorio?”

Y nosotros vamos a preguntar: ¿no es esta “innoble tarea” la que están poniendo en práctica los gobiernos, como el nuestro, en la construcción de las sociedades pandémicas distópicas en las que estamos inmersos?

Continua Montaner diciendo: “Los narcisistas autoritarios no son adultos maduros, sino personalidades psicopáticas, fundamentalmente intolerantes que, por diversas razones difíciles de precisar, no desarrollaron adecuadamente sus zonas emotivas. Necesitan el aplauso. Necesitan controlar. Necesitan infundir pavor. Necesitan gobernar para siempre… El narcisista necesita que lo adoren. Vive para eso. Su autoestima se alimenta insaciablemente de la pleitesía que le rinden. La función de los demás mortales es confirmarle constantemente el inmenso talento que posee, la infalibilidad de sus juicios y la generosidad sin límite de sus intenciones”.

Y esta no es la fotografía de Evo Morales, ni de Daniel Ortega, ni de Nicolás Maduro, ni de Miguel Díaz Canel, ni de Kim Jong Un, sino que es la fotografía perfecta de personajes como John Rockefeller, George Soros, Barren Buffet, Bill Gates y otros por el estilo a nivel mundial.

Junto a ellos, personajes como Brad Connet, Chris Elias, Timothy Grant Evans, George Fu Gao, Avril Haines, Jane Halton, Mattew Harrington, Martin Knuchel, Eduardo Martínez, Stephen Redd, Hasti Taghi, Adrian Thomas, Lavan Thiru, Sofia Borges, Latoya Abbott, portavoces de las grandes corporaciones, universidades y entidades financieras que diseñaron en el Event 201 de 18 de octubre de 2019, organizado por la Fundación Gates, el Foro Económico Mundial y la Universidad Johns Hopkins, la supuesta pandemia impuesta, manu militari, al cabo de cinco meses (2).

Termina Montaner su alocución con estas palabras: “Quizás una de las fórmulas para protegernos de la censura sea identificar a los narcisistas autoritarios antes de que lleguen a posiciones en las que pueden hacernos daño”.

Tal vez a estas alturas ya podamos identificar a algunos de ellos como Jack Patrick Dorsey (Twitter), Mark Zuckerberg (Faceboock), Sundar Pichai (Google), Bill Gates (Microsoft), los fondos de inversión Fidelity Investments, BlackRock, The Vanguard Group, Government Pension Fund of Norway (Youtube) como exponentes de la moderna inquisición con atributos de censores mundiales de las opiniones discordantes con el discurso hegemónico. Basta con echar un vistazo a la reciente página oficial de Twitter (3) (4) de 1 de marzo de 2021. O la eliminación de cuentas de Faceboock, o el bloqueo que se está padeciendo en muchas webs críticas con el sistema de dominio global por parte de Google y la eliminación de videos en Youtube.

Una parte de estos narcisistas autoritarios a que aludía Montaner han creado una asociación que determinará la autenticidad de contenidos para luchar contra la desinformación en Internet. Aldous Huxley debe dar saltos de alegría en su tumba al ver materializada su visión de Un Mundo Feliz mediante la creación de un “Ministerio de la Verdad Mundial”.

La noticia, publicada en la web de Microsoft el 22 de febrero de 2021 dice así: “Un grupo de influyentes empresas tecnológicas y de medios de comunicación se ha asociado para formar la Coalición para la Procedencia y Autenticidad de los Contenidos (C2PA), un proyecto de la Fundación de Desarrollo Conjunto creado para hacer frente a la prevalencia de la desinformación… La colaboración con los fabricantes de chips, las organizaciones de noticias y las empresas de software y plataformas es fundamental para facilitar una norma de procedencia completa e impulsar una amplia adopción en todo el ecosistema de contenidos… La formación de la C2PA reúne a los miembros fundadores de la Iniciativa de Autenticidad de Contenidos (CAI), liderada por Adobe, y del Proyecto Origin, dirigido por Microsoft y la BBC, unificando las especificaciones técnicas en una sola entidad. La CAI está construyendo un sistema para proporcionar la procedencia y la historia de los medios digitales… El Proyecto Origin tiene sus raíces en la producción y distribución de noticias” (5).

Si a nivel mundial, como ya está aplicando Twitter, se establece definitivamente este “Superministerio de la Autenticidad”, la pregunta que debe realizarse a continuación es: ¿en qué lugar del inframundo quedan las legislaciones nacionales que supuestamente amparan la libertad de expresión?

Un extenso análisis sobre el artículo 20 de la Constitución Española sobre la libertad de expresión realizado por María Jesús García Morales, profesora Titular de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona titulado “La prohibición de la censura en la era digital” (6), realiza una serie de consideraciones que a la luz de lo que estamos viviendo, vale la pena reflexionar sobre una pregunta que se hace: “La Constitución española de 1978 recoge la prohibición de censura en su artículo 20.2. Pero, ¿puede una figura que surge en el siglo XVIII hacer frente a las amenazas que plantean las nuevas tecnologías? La prohibición constitucional de censura ¿se ha convertido en una reliquia jurídica?”

Dicho artículo 20 afirma que se reconocen y protegen los derechos a) a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción, y el apartado 2 del citado artículo dice: “El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa”.

A lo largo de sus consideraciones, María Jesús García, hace referencia a la sentencia del Tribunal Supremo (STS 52/1983) que define el concepto de censura como “cualquier medida limitativa de la elaboración o difusión de una obra del espíritu, especialmente al hacerla depender del previo examen oficial de su contenido”. Además, añadió una cláusula de salvaguarda para incluir dentro de la prohibición cualquier tipo de censura, es decir, “todos los tipos imaginables de censura previa, aun los más débiles y sutiles, que […] tengan por efecto no ya el impedimento o prohibición, sino la simple restricción de los derechos de su artículo 20.1”.

Y, la sentencia del Tribunal Constitucional (187/1999) alude a “cualquier medida limitativa de la elaboración o difusión de una obra del espíritu que consista en el sometimiento a un previo examen por un poder público del contenido de la misma cuya finalidad sea la de enjuiciar la obra en cuestión con arreglo a unos valores abstractos y restrictivos de la libertad, de manera tal que se otorgue el ‘placet’ a la publicación de la obra que se acomode a ellos a juicio del censor y se le niegue en caso contrario”.

La autora se pregunta que si la censura vedada por la Constitución es una medida externa, conduce a la siguiente pregunta: ¿quién debe ser el censor? Ya que la Constitución nada dice sobre el destinatario de la prohibición de censura. El Tribunal Constitucional se ha referido a la censura llevada a cabo por poderes públicos.

Continúa María Jesús García: “Respecto a los controles llevados a cabo por privados, el Tribunal Constitucional ha rechazado que deban reputarse como censura determinados controles de contenidos ejercicios por particulares… y, singularmente, el derecho de veto del director y editor de un medio de comunicación con el argumento de que, al ser responsables de lo publicado, tienen también un derecho de limitar y controlar esa información… La prohibición de censura se ha dirigido al Estado, de nuevo, por razones históricas. Sin embargo, los privados han pasado a tener unos poderes de supervisión del flujo de comunicación muy superior a la actividad censora de cualquier Estado… Los avances tecnológicos demuestran que la esencia de la censura ha sido siempre una determinada forma de controlar contenidos, el control sistemático y general de opiniones e informaciones, pues este tipo de supervisión es susceptible de estrangular el proceso de comunicación. Con internet se abren nuevos interrogantes sobre el riesgo de paralizar el flujo de comunicación, especialmente mediante sistemas de filtrado que permiten un control de todas las comunicaciones electrónicas… Son muchos los interrogantes sobre la amenaza real de censura en internet, pero no puede descartarse su aparición con nuevos rostros. La censura quizá todavía no es cosa del pasado”.

Esta es una faceta más de la llamada globalización que poco a poco ha ido vaciando de contenido las legislaciones nacionales tanto en materia jurídica, como económica y política que en el caso europeo se ha subordinado a los dictados de la Comisión Europea, eso sí con un montaje teatral de pantomima como es el Parlamento Europeo, un inmenso abrevadero para 750 bocas y bolsillos cuyas remuneraciones para lo inservible serían suficientes para proveer de agua potable a la población mundial que carece de ella.

Pero esta Comisión Europea, a su vez, está subordinada a los dictados superiores, ya sean del Fondo Monetario Internacional o de los grupos de presión, financieros, industriales y mediáticos internacionales que configuran el auténtico Poder.

Como resumen, las denominadas leyes, constituciones, decretos y otras menudencias, son papel mojado, pues hecha la ley, hecha la trampa. Y si no espabilamos estaremos completamente sometidos a un puñado de narcisistas autoritarios que no son otra cosa que los enemigos públicos número 1 de la humanidad.

(1) https://www.clublibertaddigital.com/ilustracion-liberal/58/la-psicopatologia-de-los-censores-carlos-alberto-montaner.html
(2) https://www.centerforhealthsecurity.org/event201/players/
(3) https://help.twitter.com/en/rules-and-policies/medical-misinformation-policy
(4) https://blog.twitter.com/en_us/topics/company/2021/updates-to-our-work-on-covid-19-vaccine-misinformation.html
(5) https://news.microsoft.com/2021/02/22/technology-and-media-entities-join-forces-to-create-standards-group-aimed-at-building-trust-in-online-content/
(6) http://e-spacio.uned.es/fez/eserv.php?pid=bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2013-31-6030&dsID=Documento.pdf

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