Sobre las condiciones de trabajo en el sector de la pesca artesanal

Ricardo Enebros

La ministra de Trabajo en funciones (¿alguien sabe qué quiere decir «ministra en funciones»?) anuncio hace unos días que impondrá el salario mínimo interprofesional a los pescadores de bajura o artesanales. Como es habitual, lo hizo con la alegría desbordante de quien cree haber realizado una gran obra, o sea: los pescadores de bajura eran explotados y ni siquiera cobraban el salario mínimo que todo trabajador debe cobrar, por lo menos, en España. Hasta hoy, que la señora Valerio, en funciones de ministra, ha decidido acabar con esa anomalía.

Un poco tarde, pensarán ustedes con razón. ¿Tantos años de Gobierno del Partido Socialista Obrero Español y no se habían dado cuenta de esa supuesta injusticia? Según un analista político, con especial sensibilidad en temas sociales de la mar, sobre la cuestión del salario mínimo en la pesca de bajura, y al igual cómo ocurre con la reciente pretensión del Gobierno en funciones sobre el registro de jornada (RDL 8/2019), estamos siendo víctimas del desconocimiento y la irresponsabilidad frívola de los políticos y los sindicatos. Todo este tinglado en relación al SMI en la bajura no tiene sentido alguno, salvo el de lanzar un supuesto torpedo (uno más) a la línea de flotación del sector de pesca artesanal, disparo que tan solo busca seguir dando una imagen de precariedad, de supuesta situación de irregularidad, al margen de la norma. Conviene no olvidar la sistemática beligerancia que los sindicatos han mostrado y muestran hacia las Cofradías de Pescadores, probablemente debida a la estructura paritaria, entre armadores y tripulantes, de estas corporaciones de derecho público. Y, por supuesto, también hay que tener en cuenta que los diferentes Gobiernos nunca han entendido lo que significan las Cofradías para la pesca de bajura. Las Cofradía o Pósitos son estructuras centenarias, cuyo origen es anterior a la constitución de los modernos Estados.

Los pescadores de bajura desde hace muchos, muchos años, se retribuyen por el llamado sistema a la parte, un modelo que basa el salario en el producto directo de su trabajo. Del importe de venta de las capturas (“monte mayor”) se descuentan determinados gastos, como la comida y el combustible, y se constituye el “monte menor”. Esa cantidad se distribuye en dos partes, una para el armador y otra a distribuir entre el patrón del barco y los tripulantes. Las partes son 50-50 ó 40-60. De ese 50 o 60% del monte menor se hacen tantas partes como sea menester para retribuir a cada trabajador en función de su puesto de trabajo: el patrón lleva dos o tres partes o “quiñones”; el mecánico 1,5 ó 2; los marineros una parte; los aprendices o mozos, de haberlos, 0,5 ó 0,75 partes. Es un sistema sencillo, pactado en el seno de cada Cofradía de Pescadores, lo que permite pequeñas diferencias entre puertos, justificadas por las diferencias entre los barcos o el tipo de capturas.

Como la pesca es aleatoria, con épocas mejores y peores, la retribución de los pescadores se medía en términos largos, un año por lo general, pues un mes puede resultar engañoso. Hay meses que lo capturado no alcanza para pagar el salario mínimo; y hay meses que se supera ampliamente.

Tener ese sistema retributivo, tan alejado del sistema general (los trabajadores industriales, o de la banca, o de las empresas de servicios no participan directamente del fruto de su trabajo; los beneficios se reparten entre los directivos y los accionistas), ha dado lugar a algunos conflictos a lo largo de los últimos cuarenta años. Por ejemplo, cuando la Inspección de Trabajo pretendió que los pescadores tuvieran una Hoja de Salarios de modelo oficial, y no la “nota de partir” con que semanalmente se distribuye el importe de la pesca vendida.

Por lo general se ha acabado imponiendo la cordura y el sistema se ha mantenido. Cuando la pesca disminuía y no daba para cobrar una cantidad que compensara el durísimo trabajo en la mar, el armador (que suele ser también un tripulante más), vendía el barco para desguace aprovechando los incentivos que la Comisión Europea ha establecido para disminuir el esfuerzo pesquero.

Hay que decir que el sistema de remuneración a la parte no incumple la legislación internacional (convenios OIT), ni las normas nacionales aplicables. Por lo que hace a los convenios de la OIT, tanto el Convenio 114, como el 188 y la Recomendación 199 se limitan a garantizar derechos mínimos, ampliamente previstos en nuestro país, que además sólo son aplicables a los barcos de pesca de altura y gran altura, y a los de eslora entre perpendiculares igual o mayor a 24 metros. La pesca industrial es un mundo muy distinto a la pesca artesanal. En la pesca industrial sólo el patrón de pesca (quien dirige la actividad pesquera del buque), y quizás el patrón náutico, cobran en función de las capturas. El resto de la tripulación tiene pactado un salario fijo. Las ganancias que pueda haber van directamente a la empresa armadora, exactamente igual que los beneficios de la banca van a los banqueros.

El futuro de la pesca artesanal en el Mediterráneo no resulta nada halagüeño. El pasado 20 de junio, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó el Plan Plurianual para el Mediterráneo Occidental, imponiendo una reducción drástica de la capacidad productiva de nuestras empresas pesqueras. Se pretende que en el plazo de 5 años se reduzcan un 40% las capturas. Pese a este horizonte, ninguna Administración parece prestar atención a la pesca de bajura, mirando a otro lado y dando impulso a unas medidas que no pretenden solucionar los problemas de los pescadores, y sólo conducen al cierre de muchas empresas en nuestros muelles y, de tal guisa, a la pérdida de muchos puestos de trabajo en tierra. Seguiremos importando productos pesqueros de terceros países que no están sometidos a las estrictas políticas de sostenibilidad que tanto predicado tienen en la UE. Tanto hablar del mundo global, para olvidarlo cuando había que tenerlo presente.

Para acabar, conviene recordar que, en 1994, a impulso del patrón mayor de la Cofradía, Antonio Marzoa Dopico, se firmó en Arenys de Mar el primer Convenio de Pesca de Arrastre al Fresco (el primero que se firmó en España), una iniciativa que en los años siguientes fue seguida por otros puertos del Mediterráneo. El artículo 19 del Convenio firmado en Arenys de Mar ya contemplaba un salario mensual garantizado que había de ser, al menos, “igual al salario mínimo interprofesional fijado anualmente por el Gobierno”.

http://www.naucher.com/es/actualidad/sobre-el-salario-minimo-para-la-pesca-de-bajura/_n:11207/

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