De acuerdo con la Resolución 3314 de 1974 de la Asamblea General de la ONU, en tiempos de paz un bloqueo “de los puertos o costas de un estado por parte de las fuerzas armadas de otro estado” es un acto “de agresión”, es decir, una declaración de guerra.

La ilegalidad del bloqueo de los puertos de un Estado se confirmó en 1986 en la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia en el caso de Nicaragua contra Estados Unidos. El tribunal resolvió que los estadounidenses, al minar las aguas costeras, impidieron el comercio marítimo pacífico y violaron la libertad de navegación de los nicaragüenses.

En Estados Unidos al bloqueo lo llaman “cuarentena” y, como todo, lo regulan a su manera, poniéndolo por encima del derecho internacional y el derecho marítimo. Para ellos el bloqueo también se puede imponer en tiempos de paz o, al menos, cuando la guerra no se ha declarado formalmente.

Washington recurrió por primera vez a este principio contra Cuba en 1962. Sin embargo, la introducción de la cuarentena requiere dos condiciones: la primera, que haya una amenaza potencial de carácter militar contra Estados Unidos o sus aliados, y la segunda, que lo autorice el Consejo de Seguridad de la ONU.

Por ejemplo, un bloqueo legal fue el impuesto por la ONU a Irak en 1990. Se estima que alrededor de 1.500.000 irakíes murieron como consecuencia de ello. De ellos, aproximadamente unos 500.000 niños murieron debido a la falta de una alimentación adecuada y el acceso a atención médica. Ha sido uno de los mayores crímenes cometidos en la historia, del que la ONU es responsable.

El bloqueo es, pues, una medida internacional, no unilateral, porque afecta a la población civil de una manera brutal. En consecuencia, el bloqueo contra Cuba es ilegal desde su imposición de 1962, aunque, como cabía esperar, los intoxicadores también han desempeñado aquí su papel, relacionando el bloqueo con la introducción de misiles soviéticos en Cuba, cuando en realidad las cosas ocurrieron al revés: los misiles fueron consecuencia del bloqueo.

En efecto, poco antes de abandonar su cargo, Eisenhower recurrió a una “Ley de Comercio con el Enemigo” (TWEA), aprobada en 1917 para yugular a la Revolución de Octubre. En 1960 esa ley se aplicó a Cuba, imponiendo un “embargo parcial”, que luego se convirtió en total. Nixon lo describió como una “cuarentena total”, económica, política y diplomática.

Por lo tanto, sin que hubiera ninguna guerra entre ambos países, Cuba empezó a ser considerada como “enemiga” de Estados Unidos. Para ello fue necesaria otra argucia legal: en 1933 Estados Unidos reformó la “Ley de Comercio con el Enemigo” para poder imponer bloqueos sin necesidad de guerra; bastaba con que el presidente declarara una “emergencia nacional”. El truco permite llamar guerra o emergencia nacional a cualquier cosa.

El embargo sólo se podía imponer por un año como máximo, por lo que ha sido necesario otro truco más: prorrogar su vigencia un año tras otro de manera rutinaria. Se ha convertido en un acto protocolario: cada año, puntualmente, antes del 14 de septiembre, el presidente de turno debe firmar la prórroga de “Ley de Comercio con el Enemigo” contra Cuba.

Como un embudo, el embargo a Cuba, que era una medida excepcional, se fue ampliando. En 1992, tras la caída de la URSS y el comienzo del “periodo especial”, la Ley Torroceli inauguró algo que ahora es ya común y corriente: las sanciones indirectas. El castigo se aplica también a los países que comercian con los castigados, además de empresas y personas individuales. Por lo tanto, alcanza a navieras, armadores, aerolíneas y turistas.

La respuesta de la ONU frente al bloqueo de Cuba

El bloqueo contra Cuba se ha convertido en un modelo de uso general en la guerra moderna. Ya son bastante numerosos los países que padecen una situación parecida y, para disimularlo, los intoxicadores escriben nuevos diccionarios repletos de eufemismos. Para aparentar que en el mundo no hay guerras y que todo es normal, hablan de “embargos” o “sanciones”.

Sin embargo, la Operación Mangosta, que era un plan encubierto para invadir Cuba, no se mordió la lengua. Dejó muy claro que el bloqueo es “una guerra económica, para inducir al régimen comunista a fracasar en su esfuerzo por satisfacer las necesidades del país, junto a operaciones psicológicas para acrecentar el resentimiento de la población contra el gobierno, unido a las de tipo militar para darle al movimiento popular, un arma de acción para el sabotaje y la resistencia armada en apoyo a los objetivos políticos”.

La otra manipulación mediática consiste en darle un giro de 180 grados al derecho internacional: lo ilegal no es el bloqueo marítimo sino los buques que ejercen su derecho a la libertad de nevegación, que es el fundamento básico del derecho marítimo.

El bloqueo y las sanciones son ilegales, entre otras razones evidentes, porque es imperialismo en estado puro: supone poner las normas propias por encima de las internacionales. Todos los países del mundo ejercen un derecho cuando viajan o negocian con los países sancionados. Hoy la libertad de navegación está amparada por la Convención de la ONU de 1982, que Estados Unidos no ha firmado para tener las manos libres. Puede hacer lo que le de la gana tanto en su territorio como en todos los mares del mundo.

Dada su ilegalidad, la respuesta de la ONU frente a las sanciones económicas impuestas por Estados Unidos a Cuba ha sido consistente. Cada año la Asamblea General de la ONU aprueba una resolución que demanda el fin del embargo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos contra Cuba.

En la votación más reciente (octubre del año pasado), la Asamblea General aprobó la resolución con una mayoría abrumadora: 165 países a favor, solo 7 en contra (incluidos Estados Unidos y algunos lacayos), con unas pocas abstenciones.

Eso supone un rechazo casi unánime de los países del mundo al mantenimiento del bloqueo, que se ha ido endureciendo progresivamente.

A través de su Secretaría General, la ONU publica informes anuales que documentan el impacto negativo del embargo sobre la población cubana, estimando unos perjuicios de miles de millones de dólares en los periodos más recientes.

La generalización de los bloqueos políticos

El mundo aparece dividido en dos bloques por las sanciones. En un lado están los sancionadores, que son las grandes potencias. Hoy Estados Unidos impone alguna forma de sanciones a alrededor de un tercio de los países del mundo, mientras que la Unión Europea mantiene más de 50 tipos de sanciones diferentes contra ciertos países, empresas y personas individuales.

En el otro costado están las víctimas. Cada 25 de octubre la Comunidad de Desarrollo de África Austral celebra la “Jornada Contra las Sanciones” en solidaridad con los países afectados.

Tradicionalmente los bloqueos se imponían para privar a un enemigo de los suministros que necesita para llevar a cabo operaciones de combate. Pero eso también ha cambiado. Tanto en Cuba como en Nicaragua el bloqueo se impuso para derrocar a sus respectivos gobiernos.

Han surgido así lo bloqueos políticos, que se imponen o se alzan según la afinidad con el gobierno de turno. Por ejemplo, Siria fue cometida a un bloqueo desde el inicio de la desestabilización en 2011, y se levantó cuando triunfaron los yihadistas en diciembre de 2024.

El comercio internacional ha pasado a depender de la afinidad política con las potencias occidentales.

Por lo demás, ayer el gobierno británico confirmó que las sanciones suponen el expolio de la carga y aseguró que planean canalizar a Ucrania los ingresos procedentes de la reventa de petróleo de los buques cisterna incautados.

El secretario de Defensa británico, John Healey, anunció ayer que estudian medidas militares para combatir a los mercantes rusos sancionados y desarrolla justificaciones legales para sus acciones.

No obstante, según el derecho internacional la justificación sólo puede ser una: reconocer que están en guerra con Rusia, lo cual se puede hacer extensivo a los demás países sancionados por Reino Unidos.