Canadá ha creado campos de internamiento para apestados por el coronavirus

El primer ministro canadiense Justin Trudeau, que aparece en la imagen de portada, ha anunciado la creación de campos de internamiento para apestados por el coronavirus: “Si los resultados de sus pruebas son positivos, se les exigirá que se pongan en cuarentena inmediatamente en instalaciones gubernamentales designadas. Esto no es opcional”.

Por más que las declaraciones oficiales se llenen de eufemismos, la cosa está clara: es una detención en toda regla de alguien que no ha cometido ningún delito o, en otras palabras, es la equiparación de un “contagiado” con un criminal.

Trudeau está instaurando esta política para los que entran y salen del país en avión. Según el decreto, los ciudadanos deben someterse a pruebas antes y después de salir del país en avión. Si quieren volver después de dar positivo, deben ir a las instalaciones del gobierno para guardar una cuarentena.

Una diputada canadiense, Michelle Rempel, ha expresado el absurdo de la política de internamiento: “Los liberales han instituido un requisito de cuarentena en los hoteles federales para quienes entren en Canadá. Hemos oído decir que se tarda horas en reservar estos hoteles, que no se respetan las restricciones dietéticas y que no siempre hay comida y agua disponibles. Esto se suma al hecho de que este programa continúa tras las denuncias de agresiones sexuales. Es alucinante”.

El “hotel” no es gratuito. Los canadienses apestados deberán pagar su propio alojamiento los días designados.

Como es normal, las redes sociales se han llenado de mensajes llenos de ira. Una persona se puso en contacto con el Centro de Justicia para alojarse en un hotel cercano al aeropuerto de Toronto. Proporcionó al Centro de Justicia fotos de su habitación sucia e insalubre, incluyendo botellas de licor vacías, pelos en el asiento del inodoro, pelos en la colcha y una máquina de café sucia y sin limpiar. Tuvo que coger la comida del vestíbulo; no había entrega sin contacto en su habitación. En dos ocasiones, el desayuno consistía en un sandwich semicongelado incomible y sin utensilios para comer.

La pandemia está siendo la más formidable ola de represión política jamás conocida. Canadá no es el único caso. Desde el inicio de la pandemia venimos poniendo ejemplos parecidos en otros lugares, como Suiza, Alemania o Nueva Zelanda. Las libertades y derechos fundamentales han desaparecido.

El gobierno británico prepara una ley contra las manifestaciones y para ampliar los poderes represivos de la policía y el gobierno que, afortunadamente, ha desatado lo contrario de lo que se proponía: una movilización sin precedentes.

Más información:
— Internan en un siquiátrico a un médico suizo que se opone al toque de queda
— Primera mujer internada en un siquátrico en Alemania por oponerse a la cuarentena
— Terrorismo de Estado con pretextos sanitarios: Sajonia interna en hospitales siquiátricos a quienes rechazan la cuarentena
— Nueva Zelanda internará a la fuerza en ‘albergues de cuarentena’ a los apestados y a sus familiares
— Otro estado alemán que abre un centro de internamiento para los personas que no respeten la cuarentena
— En mayo del año pasado, Italia internó en un siquiátrico durante cuatro días a Dario Musso por salir a la calle a protestar contra la cuarentena

 

comentarios

  1. El Código de Nuremberg
    1. El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial.
    2. Esto significa que la persona involucrada debe tener capacidad legal para dar su consentimiento; debe estar situado de manera que pueda ejercer el libre poder de elección, sin la intervención de ningún elemento de fuerza, fraude, engaño, coacción, extralimitación u otra forma ulterior de coacción o coacción; y debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos del tema en cuestión, como para permitirle tomar una decisión comprensiva e inteligente. Este último elemento requiere que, antes de la aceptación de una decisión afirmativa por parte del sujeto experimental, se le dé a conocer la naturaleza, duración y propósito del experimento; el método y los medios por los que se llevará a cabo; todos los inconvenientes y peligros que se pueden esperar razonablemente; y los efectos sobre su salud o persona,que posiblemente provenga de su participación en el experimento.
    El deber y la responsabilidad de determinar la calidad del consentimiento recae en cada individuo que inicia, dirige o participa en el experimento. Es un deber y una responsabilidad personal que no puede delegarse en otro impunemente.
    3. El experimento debe ser tal que produzca resultados fructíferos para el bien de la sociedad, imposibles de obtener por otros métodos o medios de estudio, y no aleatorio e innecesario por naturaleza.
    4. El experimento debe diseñarse y basarse en los resultados de la experimentación con animales y el conocimiento de la historia natural de la enfermedad u otro problema en estudio, que los resultados anticipados justifiquen la realización del experimento.
    5. El experimento debe realizarse de manera que se eviten todos los sufrimientos y lesiones físicos y mentales innecesarios.
    6. No se debe realizar ningún experimento cuando exista una razón a priori para creer que se producirá la muerte o una lesión incapacitante; excepto, quizás, en aquellos experimentos donde los médicos experimentales también sirven como sujetos.
    7. El grado de riesgo a correr nunca debe exceder el determinado por la importancia humanitaria del problema a ser resuelto por el experimento.
    8. Deben realizarse los preparativos adecuados y proporcionarse las instalaciones adecuadas para proteger al sujeto experimental contra posibilidades incluso remotas de lesión, discapacidad o muerte.
    9. El experimento debe ser realizado únicamente por personas científicamente calificadas. Se debe requerir el más alto grado de habilidad y cuidado en todas las etapas del experimento de aquellos que realizan o participan en el experimento.
    10. Durante el curso del experimento, el sujeto humano debe tener la libertad de poner fin al experimento, si ha alcanzado el estado físico o mental, donde la continuación del experimento le parecía imposible.
    11. Durante el curso del experimento, el científico a cargo debe estar preparado para terminar el experimento en cualquier etapa, si tiene una causa probable para creer, en el ejercicio de la buena fe, la habilidad superior y el juicio cuidadoso que se requiere de él, que una continuación del experimento es probable que resulte en lesiones, discapacidades o la muerte del sujeto experimental.
    [«Juicios de criminales de guerra ante los tribunales militares de Nuremberg en virtud de la Ley núm. 10 del Consejo de Control», vol. 2, págs. 181-182. Washington, DC: Imprenta del Gobierno de EE. UU., 1949.]

Los comentarios están desactivados.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies

Descubre más desde mpr21

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo