Una bandera que se declara fuera de la Constitución fascista

Los independentistas catalanes se habían adormecido tanto que había que espabilarles de alguna manera y la delegada del gobierno en Madrid se ha puesto manos a la obra. La mayor fábrica de independentistas no está en Barcelona sino en la misma capital de la España eterna.

Como vivimos en un “Estado de Desecho” la delegada ha recurrido a la ley. Más concretamente ha recurrido a la llamada Ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el Deporte, conocida como Ley del Deporte, aunque en ninguno de sus artículos menciona este tipo de símbolos. Ni falta que hace. La delegada del gobierno sabe leer la letra pequeña.

Los fascistas hablan de que se trata de banderas “no constitucionales” y al fútbol sólo se pueden llevar pancartas, camisetas y banderas “constitucionales” y en las gradas no se pueden dar otros tipo de gritos, ni pitidos, ni insultos que los legalmente autorizados por la autoridad competente.

Esta prohibición se añade a la reapertura en la Audiencia Nacional de la causa por la última final disputada entre el el Athletic de Bilbao y el Barcelona, cuando los aficionados de uno y otro club silbaron los acordes del himno fascista.

Sí señores: los silbidos también son delito. Pero atención: sólo los de la última final; los silbidos de 2009 no lo son.

Ahora pregunten: ¿qué diferencia hay entre los pitidos de 2009 y los del año pasado? Lo explica muy bien la Audiencia Nacional, poniendo de manifiesto su verdadera naturaleza política: en 2009 aún no existía el “desafío independentista” que ha apareció después.

Por lo tanto, hay que tomar nota: un mismo hecho es delito o deja de serlo en función de la coyuntura política, tal y como la interpretan los jueces de la Audiencia Nacional. La tarea de este tribunal no es aplicar la ley sino analizar la situación política.

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