«Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra«. Las casas de apuestas que proliferan en las 37 áreas sanitarias, podrán continuar su actividad, gracias a una argucia interpretativa de los redactores de la orden de la CAM.