Los individuos se encuentran sometidos a las arbitrariedades del aparato represivo del Estado, y la separación de los poderes ejecutivo y judicial sigue constituyendo todavía un problema no resuelto en la práctica de los procesos y, en particular, de los procesos políticos” (1).
¡Han indultado a unos presos políticos independentistas! Esta ha sido la noticia que ha llenado las páginas de los periódicos y los noticieros televisivos y radiofónicos durante unas semanas. Algunos han aludido al “derecho”, a la “ley”, esta toma de decisiones. Otros aludiendo a lo mismo han rechazado el indulto. Otros han aludido a una decisión política oportunista. Otros han reclamando una amnistía para los presos independentistas, que no para el resto de presos políticos. En fin para todos los gustos.
Sentencias, alegatos, apelaciones, más sentencias, recursos a distintos tribunales autóctonos o extranjeros, y un sinfín de argumentaciones que si es delito haber convocado un referéndum, que si es sedición, que si es un derecho amparado internacionalmente… cuando la cosa no fue a mayores y, pienso que a estas alturas se puede afirmar que nunca pasó por la cabeza de los convocantes ir más allá de un amago, arrastrando tras de sí una parte de la población de Catalunya que creyó a pies juntillas los discursos emanados, cuyo objetivo real no era otro que el tira y afloja para el reparto del pastel presupuestario.
Pero el peligro real consistía en la activación de una inmensa masa de población que se organizó con el deseo de ser sujeto de la política, que hubiera podido ser un ejemplo para futuros propósitos emancipatorios, los cuales podían apuntar más allá de los discursos meramente territoriales de los convocantes y sobrepasarlos. Esta “disfunción” entre la élite política y un considerable movimiento de masas activado, provocó el temor suficiente para dejar las cosas como en un ensayo pero sin llegar a la finalización de la obra.
En dicho ensayo, la élite política catalana no tuvo en cuenta que había otros políticos que también deseaban un pedazo mayor de tarta. Y tampoco tuvieron en cuenta que desde hace muchísimos años no existe la denominada división de poderes. El poder es único y engloba la economía, la política, la justicia y las fuerzas armadas, de lo contrario no existiría el poder. Y para existir, además, hay que ejercerlo, y en este ejercicio es equivalente la pena y el perdón, la cárcel y el indulto.
El Derecho es un sistema de relaciones sociales en total sintonía con los intereses de la clase dominante y puesto en práctica por el poder de dicha clase para asegurar su hegemonía, pero al mismo tiempo es también utilizado para dirimir conflictos entre fracciones de la propia clase dominante, como ha sido todo el entramado legal relativo al “conflicto catalán”.
“Quisiera, en particular, que, al igual que en todos los campos del conocimiento y de la consciencia, en el campo del Derecho, que no nos limitáramos a “cambiar el nombre de las calles” o a “poner los letreros del revés” sino que trabajáramos con afán en una demolición y en una reorganización radicales… Todavía está muy de moda limitarse a cambiar el nombre de las calles en vez de rehacer el empedrado, o pintar de rojo las viejas paredes que se derrumban en vez de rehacerlas radicalmente” (2).
(1) Juan Antonio Delval. Introducción al libro “De los delitos y las penas” de Cesare Beccaria. Alianza Editorial. 1982
(2) Pëtr Ivanovic Stucka. La función revolucionaria del derecho y del estado. 1921