Los concursos de acreedores en sociedades mercantiles alcanzaron los 381 procedimientos en el mes de junio, lo que supone un aumento del 154 por ciento respecto a los 150 de mayo, tras la recuperación de la actividad, a los que hay que sumar los 97 que se produjeron entre autónomos y sociedades no mercantiles.
La mayor parte de los concursos de acreedores acabarán en la liquidación pura y simple de las empresas.
En el primer trimestre del año, antes del estado de alarma, las empresas en quiebra se redujeron un 24,2 por ciento respecto al año anterior.
Al comienzo del estado de alarma, las estimaciones calculaban que las quiebras superarían las 50.000 empresas y podrían llegar a colapsar los juzgados.
Para frenar el hundimiento, el gobierno aprobó el Real Decreto-ley 8/20 de 17 de marzo, sobre medidas urgentes extraordinarias para hacer frente a la crisis, que relajó la ley concursal, dando más oxígeno a las empresas.
El último artículo de aquel Real Decreto-ley congeló el deber del deudor que se encuentre en situación de insolvencia de solicitar la declaración de concurso mientras esté vigente el estado de alarma.
Los jueces no han podido admitir durante un plazo de dos meses, a contar desde la finalización del estado de alarma, las solicitudes de concurso necesario que se hubiesen presentado durante ese estado o durante esos dos siguientes meses.