El trasfondo es un asunto de persecución política y penal en contra de los manifestantes y dirigentes, expuso Jorge Tacuri Aragón, abogado de comunidades y pueblos originarios.
Debido a que las acciones que se realizan en una protesta pueden ser calificadas como criminales, señala que debe considerarse que quien realiza la manifestación lo está haciendo por defender un derecho o bien jurídico mayor.
Según explicó Tacuri, en las manifestaciones donde se bloquean las pistas, por ejemplo, no tendrían que tomarse como actos criminales “por lo que no existiría lugar para una denuncia penal contra los manifestantes”, dijo.
“Siempre existe un sesgo en las protestas a nivel nacional. Se cree que porque alguien se paró en medio de la pista a impedir el paso de algún vehículo ya está cometiendo un delito. Ya es un delincuente y ya debería estar en la cárcel”.
Los 24 detenidos durante los dos meses de paro indefinido en Cocachacra, fueron intervenidos bajo el cargo de disturbios en contra de la tranquilidad pública. Así lo informó Arturo Dueñas Segura, abogado defensor de la mayoría de manifestantes del Valle de Tambo,
Dijo que antes de las 48 horas fueron liberados debido a que no existen pruebas contundentes para sustentar las denuncias que pesan en su contra. “Esto sucede porque la policía interviene en el momento de las protestas. Pero cuando se les pide sus declaraciones, la mayoría de las veces se contradicen, y yo he estado presente durante esas diligencias”
Este caso fue utilizado como ejemplo de las exposiciones sobre la criminalización de las protestas. Explicó que, por las acusaciones por las que se detuvo a los manifestantes, se les podría haber enviado a la cárcel entre 8 y 15 años.