El gobierno ha denegado a 60.000 personas sin techo y temporeros la prestación del ingreso mínimo vital (IMV) por no cumplir la acreditación de la unidad de convivencia.
Por eso ha tenido que flexibilizar las condiciones de acceso al IMV en el decreto ley de medidas dirigidas a la población que ha quedado en la miseria a causa del confinamiento y los cierres.
La reforma facilitará que temporeros y “sin techo”, que residen temporalmente con familiares, en albergues, casas de acogida o hogares colectivos accedan a esta prestación.
Además, el decreto ley regula las situaciones de convivencia transitoria, es decir, casos en que por ejemplo como resultado de un divorcio o un desahucio los potenciales beneficiarios convivan con familiares en un hogar mayor, lo que con la anterior regulación podría llevar a la denegación de la prestación al ver aumentada el máximo exigido de renta.
De forma transitoria se considerará una unidad de convivencia independiente a los beneficiarios en casos de violencia de género, divorcio o separación y desahucio o inhabitabilidad, en los dos últimos casos con límite temporal.
Las personas sin hogar, cuyo domicilio real sea distinto al de empadronamiento o viviendas en las que convivan distintas unidades familiares, se les facilitará acceder a esta prestación.
El Ministerio de Seguridad Social sigue estudiando la posibilidad de elevar los umbrales de renta y de patrimonio para acceder al IMV, tal y como adelantó el propio ministro, José Luis Escrivá, durante su comparecencia en noviembre en el pleno del Congreso de los Diputados.
Según Escrivá, la prestación se encuentra en “evaluación continua” para intentar llegar al universo potencial de beneficiarios, 850.000 hogares o lo que es lo mismo 2,5 millones de personas.