El Parlamento Europeo ha aprobado un documento titulado “Resolución sobre el impacto de las medidas relacionadas con COVID-19 en la democracia, el estado de derecho y los derechos fundamentales” (*). Basta leer el título para enterarse de que en Europa hay una crisis política que está conduciendo de cabeza al fascismo, con el consabido pretexto de pandemia.
El texto va envuelto en el lenguaje empalagoso de los juristas, sobre el estado de derecho y demás entelequias, pero a buen entendedor… Como muestra la experiencia histórica y hemos repetido aqui en otras entradas, cuando hay una pandemia los médicos desaparecen y llegan los legionarios.
El fascismo terapéutico ha barrido con los últimos restos de las libertades fundamentales que quedaban en el Viejo Continente. Hasta los europarlamentarios se han dado cuenta de ello, hablan de “deriva autoritaria” y bla, bla, bla, bla, bla, bla…
La resolución pide que los países estudien el levantamiento el estado de emergencia o limiten de otro modo sus efectos.
El texto recomienda un control parlamentario efectivo sobre todas aquellas normas que limiten los derechos fundamentales de los ciudadanos. Las mismas no sólo deben ser proporcionales a la emergencia real, sino que también deben tener un límite de tiempo definido.
En Bruselas piden demasiado porque esas resoluciones deben quedar bien, ser pulcras y cumplir con los 10 Mandamientos. Pero en España un Parlamento que nunca ha controlado nada, ni siquiera los atracos del rey, no puede controlar el aluvión de normas que regulan, desregulan y vuelven a regular los estados de alarma, toques de queda, confinamientos, asilos, cierres de empresas, restricciones de movilidad, sanciones y demás parafernalia del Estado central y de las autonomías.
La resolución del Parlamento concluye con una invitación a la Comisión Europea para que tome la iniciativa de garantizar el levantamiento de las medidas restrictivas lo antes posible.
Muy bien, señores diputados. Os habéis ganado el sueldo. Habéis cumplido con vuestro papel cosmético, que es papel mojado.
(*) https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2020-0307_ES.html